No suplen las funciones de los profesionales en la toma de decisiones clínicas, solo intervendrán a petición de los mismos, cuando se identifique un conflicto en el ejercicio de la atención a la salud y se requiera asesoría para su análisis, por lo que deberán abstenerse de involucrarse en decisiones que competan al médico tratante y al paciente.
No es ámbito de competencia analizar o sancionar la negligencia médica.
No les corresponde tratar asuntos o problemas de carácter laboral, administrativo o legal.
No deberán comprenderse como grupos activistas o políticos.
No es competencia de los CHB revisar protocolos de investigación
ACTUALIZACIÓN
Comité Hospitalario de Bioética Julio 2022